Carolina Rosales Tecón.
Ahora bien, hablaremos de la conciliación entre el viejo sistema laboral y el nuevo sistema, derivado de la reforma que fue publicada el día 01 de mayo de 2019, conflictos que a partir de las primeras horas del día 03 de octubre de 2022, estará a cargo del Poder Judicial con la finalidad de los juicios tengan una duración aproximadamente de seis meses para su resolución.
En virtud de la reseña anterior, hare hincapié respecto del viejo sistema, en cuanto a la etapa de conciliación, demanda y excepciones, avocándome a la parte de la conciliación, siendo reiterativa en esta parte donde la conciliación ya existía pero siendo parte del juicio, considerando que en un inicio esta etapa se hizo como tal para llegar a una conciliación, y no que se tomara a burla o a juego por las partes integrantes del juicio, ya que como es bien sabido a mi parecer esta parte de conciliación nunca se agoto de manera debida, no se le tomo la importancia para lo cual fue creada, por parte de los servidores públicos ni por parte de los integrantes del juicio, simplemente se desvirtuó por parte de los
litigantes para posponer y hacer más largos los juicios y tediosos, juicios que llevan años, que no pasan de esta etapa y que desgraciadamente por la cultura que se trae en el mundo jurídico como litigante, lo tomamos como un arma para retrasar los juicios, acción que se sale fuera de los principios éticos rectores de un abogado y en general, no se tiene el criterio como abogado “defensor” actuar con ética y rapidez frente a esta etapa de conciliación, si bien es visto que estando en una audiencia y ya emplazadas todas las partes y estando lista la audiencia para que se pueda dar en ese momento contestación a la demanda, lo que comienzan a decir los llamados a juicio es que se difiera por platicas conciliatorias y no así precisamente por platicas conciliatorias, simplemente con la intención de que se alargue el juicio o bien que las partes asistan a la audiencia sin llevar consigo la contestación de demanda que les compete y así, es que se llevan esa parte unas dos o tres veces, también recalcando lo que diga el auxiliar, siendo pocas las veces donde los auxiliares son muy estrictos y deben dar contestación a la demanda, y finalmente pues el que termina siendo el más afectado en todo este juicio es el actor, pues no vemos los esfuerzos que hace, puede ser que apenas pague al abogado sus honorarios, tenido el actor la esperanza de que su juicio avance o bien se concluya y mientras por otro lado el abogado defensor posponiendo la audiencia.
Con la nueva reforma de 2019, la situación pinta diferente ya que es ahora la conciliación un acto pre judicial y este será a Cargo de los Centros de Conciliación y da la imagen que será explotada esta parte de manera ética y profesional y claro que se le dé la ahora la importancia que siempre debió existir y para lo cual fueron creados los Centros de Conciliación y que pueda existir ese pequeño cambio entre los viejos y nuevo sistema, así también llevada de la mano de la rigidez con la que da imagen y así reducir en un alto porcentaje que haya más juicios.
Comentarios